La reducción de la jornada laboral ya fue aprobada y publicada, pero eso no significa que todas las empresas deban operar cuarenta horas desde 2026. La reforma constitucional del 3 de marzo y la reforma a la Ley Federal del Trabajo del 1 de mayo establecieron una transición escalonada. Durante 2026 el máximo semanal permanece en 48 horas; la primera reducción, a 46, inicia el 1 de enero de 2027. Este periodo debe utilizarse para medir jornadas reales, rediseñar turnos y preparar evidencia electrónica.
El calendario legal de reducción
El régimen transitorio fija 48 horas semanales para 2026, 46 para 2027, 44 para 2028, 42 para 2029 y 40 a partir de 2030. La reducción no puede disminuir sueldos, salarios ni prestaciones. Por ello, durante 2026 no existe una reducción general obligatoria a cuarenta horas, aunque contratos individuales, contratos colectivos o políticas internas pueden reconocer jornadas menores. La reforma también modifica reglas sobre distribución del tiempo, descanso y trabajo extraordinario. Conviene leer cada año junto con sus disposiciones transitorias, porque el texto permanente de cuarenta horas no debe aislarse del calendario gradual que determina cuándo se alcanza ese límite.
Qué cambia para el control de asistencia
La reforma incorpora una obligación patronal de registrar electrónicamente el inicio y final de la jornada y de proporcionar la información a la autoridad cuando la requiera. Las disposiciones generales que definirán alcance y excepciones entran en vigor a partir del 1 de enero de 2027. El registro deberá ser congruente con descansos, horas extraordinarias, turnos y nómina; un sistema que solo genera reportes, pero permite cambios sin trazabilidad, ofrece evidencia débil. En 2026 las empresas pueden comparar horas contratadas, presencia efectiva y tiempo extra por puesto. Esa línea base permite detectar dónde la reducción futura exigiría contratación, automatización, redistribución o ajustes de servicio.
Preparación operativa sin reducir derechos
La transición no se resuelve comprimiendo la misma carga en menos tiempo o reclasificando horas ordinarias. Cada centro debe mapear cobertura por turno, picos de demanda, descansos, traslapes y dependencia de tiempo extraordinario. Después puede modelar escenarios de 46, 44, 42 y 40 horas, con impacto en costos y continuidad. Cualquier cambio de horario debe documentarse y respetar contrato, negociación colectiva, límites diarios y descanso semanal. También deben capacitarse mandos para evitar trabajo fuera de registro o mensajes que prolonguen de hecho la jornada. Esta explicación es general; la implementación requiere revisar el esquema particular y las disposiciones que emita la STPS.
Puntos clave
- En 2026 la jornada máxima semanal general permanece en 48 horas.
- La transición será de 46 horas en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030.
- La reducción no autoriza disminuir salario ni prestaciones.
- El registro electrónico de jornada y sus reglas generales cobran relevancia desde 2027.
Qué conviene revisar
- Levantar una línea base de horas ordinarias, extraordinarias y cobertura por turno durante 2026.
- Modelar el impacto anual de la reducción hasta 2030 sin alterar salarios ni prestaciones.
- Preparar controles electrónicos con trazabilidad, acceso y conciliación contra nómina.