Antes de presentar la mayoría de las demandas laborales en México debe agotarse una conciliación prejudicial. No es una audiencia meramente administrativa: puede terminar en un convenio ejecutable o en una constancia que permita acudir al tribunal. Para empresas y personas trabajadoras, llegar con hechos, documentos y rangos de negociación claros mejora la calidad de la conversación. También es importante identificar si el asunto es federal o local, si existe una excepción legal y cómo la solicitud afecta los plazos de prescripción.
Regla general, competencia y excepciones
Los artículos 684-A a 684-E de la Ley Federal del Trabajo regulan la conciliación previa. Los conflictos federales se atienden ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; los de competencia local, ante el centro de la entidad correspondiente. No todos los casos deben pasar por esta etapa: el artículo 685 Ter contempla excepciones, entre ellas determinados asuntos de discriminación, designación de beneficiarios, prestaciones de seguridad social, libertad sindical y derechos fundamentales relacionados. La clasificación requiere revisar los hechos y la prestación reclamada, no solo el giro del patrón. Presentar ante una autoridad incorrecta puede consumir tiempo, aunque existen reglas de remisión y protección de derechos.
Solicitud, audiencia y duración
La solicitud puede formularse personalmente, por escrito o mediante la plataforma habilitada, con datos de contacto y una descripción del conflicto. La autoridad debe señalar audiencia dentro del marco legal y el procedimiento no debe exceder cuarenta y cinco días naturales. La persona trabajadora solicitante debe acudir personalmente y puede ser acompañada por una persona de confianza o asistida por un profesional; el patrón puede comparecer personalmente o por conducto de representante con facultades suficientes para obligarlo. La conciliación se conduce bajo principios de imparcialidad, confidencialidad, legalidad y buena fe. Si no hay acuerdo, se emite la constancia correspondiente; si la parte citada no comparece, pueden existir consecuencias y se continúa conforme a la ley. La presentación de la solicitud suspende la prescripción y el cómputo se reanuda en los términos previstos al concluir la etapa.
Qué hace sólido un convenio
Una propuesta útil parte de un cálculo verificable y de una narrativa breve: relación, salario, fechas, causa del conflicto y conceptos reclamados. El convenio debe identificar obligaciones, importes, fechas, forma de pago y consecuencias del incumplimiento. Una vez celebrado y aprobado por la autoridad, adquiere fuerza ejecutiva y autoridad de cosa juzgada. Por ello, no debe firmarse con cantidades globales incomprensibles ni con renuncias de derechos indisponibles. La empresa debe asegurar facultades suficientes de quien comparece y disponibilidad real para cumplir. Este material es informativo y no sustituye la estrategia, evaluación probatoria ni representación necesaria para un conflicto específico.
Puntos clave
- La conciliación previa es obligatoria para la mayoría, pero no para todos los conflictos laborales.
- La autoridad competente puede ser federal o local según la materia y actividad.
- El procedimiento tiene una duración máxima legal de cuarenta y cinco días naturales.
- El convenio aprobado es ejecutable y tiene autoridad de cosa juzgada.
Qué conviene revisar
- Confirmar competencia, excepción aplicable y plazo de prescripción antes de presentar la solicitud.
- Preparar cronología, contrato, recibos, asistencia, comunicaciones y cálculo desglosado.
- Definir facultades, rango de negociación y calendario de pago antes de la audiencia.